REPÚBLICA DE GUINEA ECUATORIAL
Ministerio de Información, Prensa y Cultura
PORTAVOZ DEL GOBIERNO
CONSEJO DE MINISTROS DEL 29 DE AGOSTO DE 2025
AMPLIACIÓN DE REFERENCIA
En el Palacio África de Bata, ha tenido lugar la Tercera Reunión del Consejo de Ministros del presente año 2025.
Siendo las 13 h. 10 minutos, S.E. el Presidente de la República, Jefe de Estado, Presidente Fundador del PDGE y Presidente del Consejo de Ministros, Obiang Nguema Mbasogo, aperturaba la sesión en nombre del Pueblo de la República de Guinea Ecuatorial; asistido del Primer Ministro del Gobierno encargado de la Coordinación Administrativa, Excmo. Sr. Manuel OSA NSUE NSUGA, el Consejo de Ministros ha contado con la participación del Vice Primer Ministro, encargado de Comercio, promoción de Empresas e Industria el Excmo. Sr. Gaudencio Mohaba Mesú, de los Ministros de Estado, Ministros, Ministros Delegados, Viceministros y Secretarios de Estado, todos actualmente en Plaza.
Cuatro puntos han configurado el orden del día del Consejo de Ministros:
1.- Adopción del Orden del día,
2.- Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior,
3.- Informe síntesis del Primer Ministro del Gobierno, Encargado de la Coordinación Administrativa sobre los puntos aprobados en los Consejo Interministeriales de los días 28 de julio, 14 y 28 de agosto de 2025.
4.- ASUNTOS VARIOS
DESARROLLO DE LOS TEMAS DEL CONSEJO DE MINISTROS
El Primer punto relativo a la presentación y adopción del orden del día, presentado por el Ministro Secretario General de la Presidencia del Gobierno en su calidad de Primer Secretario de actas del Consejo de Ministros, se ha adoptado sin enmiendas.
El Segundo punto del Orden del Día sobre la lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, también presentado por el Primer Secretario de actas; tras su presentación, ha recibido la aprobación del Consejo de Ministros con una ligera enmienda.
2.- La necesidad de actualizar, revisar y adecuarse a las nuevas exigencias de la economía nacional e internacional
Acto seguido, y con respecto al Tercer Punto del orden del día, relativo al informe síntesis del Primer Ministro, Encargado de la Coordinación Administrativa Manuel OSA NSUE NSUGA ha presentado dicho informe que ha adoptado en su integridad el Consejo de Ministros, cuyo desarrollo se presenta como sigue:
3.1. El punto 3.1. del orden del día del Consejo de Ministros corresponde a la presentación del Anteproyecto de Ley de Liquidación de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2024.
Presentado por el Ministro de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico.
Tras ofrecer un breve resumen sobre la evolución macroeconómica tanto a nivel Nacional, Subregional como Internacional, contexto en el que se han ejecutado los Presupuestos Correspondientes al ejercicio económico 2024.
Destacó que la ejecución de los Presupuestos a 31 de diciembre de 2024, a nivel de Ingresos fue de UN BILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES (1.386.591.-) de Francos CFA, lo que representa una ejecución del 90% de las previsiones del ejercicio y 15% inferior a la recaudación obtenida en 2023, debido a la caída de la producción y precios internacionales de los hidrocarburos.
Los Ingresos No Petroleros se situaron en DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES (262.981.-) de Francos CFA, un 17% superior al año 2023 y 88% de las previsiones del mismo ejercicio.
Por otra parte, los Ingresos Petroleros alcanzaron un importe de UN BILLON CIENTO VEINTITRES MIL SEISCIENTOS DIEZ MILLONES (1.123.610) de Francos CFA, con una ejecución del 91% de las previsiones y 20% por debajo de la recaudación de 2023.
El total de los Gastos ejecutados a 31 de diciembre de 2024 ascendió a UN BILLON CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS UN MILLONES (1.429.501.-) de Francos CFA, lo que representa un 106% de las previsiones, pero 1% inferior a la ejecución de 2023, debido a la racionalización de gastos en materiales y suministros, a pesar del sobregiro debido a la subvención a los combustibles que supuso un (+177%) en relación a las previsiones.
Los Gastos corrientes ascendieron a 978.036 millones de Francos CFA, lo que representa una ejecución del 96% respecto a las previsiones del ejercicio, y 2% por encima de la ejecución del año 2023.
En relación a los Gastos de inversión, cuyo importe presupuestado fue de 451.465 millones de Francos CFA, gran parte fueron destinados a las adquisiciones, construcciones y grandes reparaciones de inmuebles, con un nivel de ejecución de 137% en relación a las previsiones y un 8% por encima de la ejecución del 2023.
El saldo fiscal negativo del ejercicio que fue de 42.910 millones de Francos CFA, fue financiado principalmente con las reservas.
Este Anteproyecto de Ley de Liquidación de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2024 consta de Un (1) Preámbulo, Dos (2) Artículos, Una (1) Disposición Derogatoria y Una (1) Disposición Final.
3.2. Ejecución de los Presupuestos Generales del Estado a junio de 2025. ) Tambien Presentado por el Ministro de Hacienda, Planificación y desarrollo Económico.
Se destaca que en el primer semestre, los Ingresos totales han alcanzado un importe de 805.532 millones de F.CFA, un 15% por encima de las previsiones y un 19% superior en comparación con la recaudación del mismo periodo de 2024.
Este incremento se debe principalmente al aumento de los ingresos provenientes del sector hidrocarburos, que han supuesto un 17% superior con respecto a la previsión y los ingresos no petroleros un 3%.
Los Ingresos No Petroleros alcanzaron un importe total de 141.438 millones de Francos CFA, lo que supone una ejecución del 103% sobre la previsión de 136.932 millones de Francos CFA, y un incremento del 17% en relación al mismo periodo del año 2024.
El Gasto Público a 30 de junio de 2025 ha sido de 658.122 millones de F.CFA, logrando una ejecución del 94% de las previsiones y una ligera disminución del 2% en comparación con el año anterior. Esta bajada de los gastos es debido a las políticas de racionalización y control del Gasto Público llevado a cabo por el Gobierno de la Nación.
Los Gastos Corrientes fueron de 431.150 millones de Francos CFA, alcanzando el 90% de las previsiones, con una variación mínima respecto al año anterior. Los gastos de personal ejecutados fueron del 90% de lo previsto, con un incremento del 5% respecto al mismo periodo del año anterior, atribuido principalmente a la reintegración gradual del personal previamente en estado de “ignorado paradero”.
Los gastos en bienes corrientes y servicios fueron de 167.707 millones de Francos CFA, frente a las previsiones de 201.434 millones de Francos CFA; es decir, 83% de las previsiones y 7% superior al gasto realizado en el mismo periodo del año anterior.
Por otra parte, las subvenciones y transferencias se mantuvieron en 116.183 millones de Francos CFA, 6% por debajo de la ejecución realizada en el mismo periodo del ejercicio anterior, reflejando nuestra política de control y racionalización de las subvenciones.
Durante el segundo trimestre de 2025, hubo una inversión de 226.972 millones de Francos CFA en proyectos de interés económico y social, superando la previsión de 220.000 millones de Francos CFA. Debido a los gastos operativos del bloque B de GEPetrol.
El saldo fiscal positivo transitorio asciende a 148.420 millones de Francos CFA.
En síntesis, al finalizar el primer semestre de 2025 se ha observado:
- Una disminución del gasto de 2% en comparación con el periodo anterior.
- Un aumento significativo de los ingresos, tanto petroleros (+20%) como no petroleros (+17%).
- Un saldo fiscal positivo que nos permite vislumbrar un superávit transitorio de 148.420 millones de Francos CFA frente a un saldo fiscal positivo de 5.139 millones de Francos CFA correspondiente al mismo periodo del ejercicio económico de 2024, lo que supone un incremento del 28,8%.
3.3. Anteproyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2026) Presentado por el Ministro de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico
Este Anteproyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para el Ejercicio Económico 2026, su elaboración ha seguido las orientaciones del Consejo Interministerial del pasado 14 de agosto.
Los Ingresos del Estado para 2026 están presupuestados en UN BILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL MILLONES (1,294.-) Francos CFA, lo que representa una disminución del 8% respecto al presupuesto de 2025, un 7% menos que en 2024.
Los Ingresos No Petroleros se han presupuestados en 295.445 millones de Francos CFA un 12% más sobre la ejecución de 2024 y los Ingresos Petroleros se prevé que alcancen 998.837 millones de Francos CFA, 12% menos que la previsión del 2025 y 11% menos que la ejecución del 2024, debido a la caída estructural de la producción de hidrocarburos.
Los Gastos del Estado para 2026 están presupuestados en UN BILLÓN DOSCIENDOS NOVENTA Y CUATRO MIL MILLONES 1,294 de Francos CFA. Este importe supone una reducción del 10% frente a la liquidación de gastos correspondientes al ejercicio económico 2024 y una disminución del 8% con respecto al presupuesto del 2025, todo ello debido a la revisión a la baja del conjunto de los gastos.
Para el ejercicio Económico 2026, el presupuesto de gastos corrientes asciende a 950.099 millones de Francos CFA, 3% inferior al gasto ejecutado en 2024.
Por su parte, a nivel de inversión pública se ha Presupuestado 344.182 millones de Francos CFA, lo que supone una disminución del 23% en comparación al presupuesto de 2024.
De esta forma, el resultado del presupuesto sería equilibrado. Este balance representa un saldo primario no petrolero equivalente al 10,0% del PIB, dato que se sitúa por debajo del objetivo establecido en el programa PSP con el FMI que es del 12,3%.
Este fuerte ajuste que estamos presentando, resulta necesario considerando el contexto económico nacional. No obstante, podría ocasionar desafíos en la ejecución presupuestaria de diversos gastos recurrentes debido a la posible insuficiencia de créditos asignados.
Sin embargo, se deduce que, para alcanzar los objetivos fijados en estos presupuestos, se hace necesario adoptar políticas en el corto plazo, orientadas en las áreas:
De los ingresos:
De los gastos:
De Lucha contra la corrupción:
Y de las políticas para el relanzamiento del Turismo:
Este Anteproyecto de Ley consta de Treinta (30) Artículos, Cuatro (4) Capítulos, Veinticuatro (24) Artículos, Tres (3) Disposiciones Adicionales, Una (1) Disposición Derogatoria y Una (1) Disposición Final.
3.4. Anteproyecto de Ley por la que se actualiza la Ley número 10/2017, de fecha 20 de noviembre, y se Establecen Nuevas Tasas Fiscales y Precios Públicos en la República de Guinea Ecuatorial
Presentado por el Ministro de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico.
La Ley de tasas es una norma jurídica que regula la imposición, recaudación y gestión de las tasas de un País, las cuales se pagan a cambio de un servicio público prestado o del ejercicio de una actividad administrativa.
En el caso concreto de nuestro País, la Ley de Tasas Fiscales y Precios Públicos, es la parte complementaria de la Ley Número 1/2024, de fecha 19 de noviembre, General Tributaria de la República de Guinea Ecuatorial, cuya actualización se precisa para concluir la configuración definitiva del conjunto de leyes y demás normativas que constituyen nuestro Sistema Tributario nacional.
En efecto, los motivos o factores que han originado esta propuesta de Reforma y revisión de la vigente Ley Tasas, son principalmente dos:
1.- La obsolescencia.
Dado que el marco legal concerniente a tasas y exacciones parafiscales, data desde el año 2017 y debido a la evolución del entorno socio-económico actual, y la aparición de nuevos servicios administrativos, hace que ese instrumento jurídico sea ya casi obsoleto.
De hecho, desde hace años atrás, y por medio del instrumento de Ley de Presupuestos Generales del Estado, la vigente Ley de Tasas, ha venido sufriendo constantemente modificaciones parciales, tendentes a acomodar mediante un instrumento legal, las actuaciones de la Administración General del Estado, de acuerdo a las exigencias actuales y en observancia al principio de legalidad constitucional.
2.- La necesidad de actualizar, revisar y adecuarse a las nuevas exigencias de la economía nacional e internacional.
Como consecuencia de la evolución del entorno socio económico, y de la necesidad de adaptar nuestro sistema de recaudación de tasas a las exigencias actuales, el Gobierno ha visto a bien introducir innovaciones tales como:
2.1.- La Introducción de nuevos regímenes, para regular aspectos que no venían recogidos en la ley en proceso de revisión, tales como el concepto de Precios Públicos, así como la aparición de nuevos servicios ofertados por la Administración General del Estado; tales como, por citar algunos:
- a) La tarifa de aterrizaje/TM para aeronaves en los aeropuertos de Mongomeyen, Corisco y Annobón; b) Autorización para el establecimiento de chiringuitos en los paseos marítimos;
- c) Tarifas de saneamiento y conexión de agua potable; d) Introducción de Títulos Habilitantes para la utilización de Sistemas de Inteligencia Artificial;
- e) Servicios de Refinado de carburante;
- f) Etc.
2.2.- La Implementación de nuevas figuras taxativas, para recoger las tasas de los nuevos departamentos ministeriales creados por el Gobierno en los últimos años; tales como las tasas de los Servicios del Departamento de Ordenación de Tierras.
2.3.- La Reducción de los tipos de gravámenes, para trasladar la política actual del Gobierno, que dignamente preside SU Excelencia OBIANG NGUEMA MBASOGO, de reducir los impuestos, cara a incentivar la actividad económica, generar empleo y transferir una mayor capacidad adquisitiva a los
Ciudadanos. En resumen, para mejorar la vida del ecuatoguineano.
El presente Anteproyecto de Ley de Tasas Fiscales y Precios Públicos, consta de: Una (1) Exposición de Motivos, Cuatro (4) Títulos, Cuatro (4) Capítulos, Veinticuatro (24) Artículos, Tres (3) Disposiciones Adicionales, Una (1) Disposición Derogatoria y Una (1) Disposición Final.
3.5. Presentación del Informe de los Ingresos No Petroleros, correspondiente al Primer Semestre del año 2025
Presentado por el Departamento de la Tesorería y Patrimonio del Estado.
La recaudación de los “Ingresos No petroleros” correspondiente al periodo enero–junio de 2025, ha sido de CIENTO CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES CUARENTA MIL CUATROCIENTOS CINCO (141.438.040.405.-) F.CFA, representando un aumento del 3% frente a la previsión que es de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL NOVCIENTO VEINTE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA (136.931.920.850.-) FCFA, y 17% más que la recaudación del mismo periodo del año 2024, que fue de CIENTO VEINTIUN MIL DOCIENTOS CUARENTAMILLONES (121.240.000.000.-) F.CFA.
3.6. Informe sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley número 4/2021, de fecha 3 de diciembre, General de Trabajo en la República de Guinea Ecuatorial
Presentado por el Viceprimer Ministro del Gobierno en calidad del presidente de la Comisión de trabajo que se constituyó para el estudio de este Anteproyecto.
El objetivo de esta modificación es facilitar la convergencia de los intereses de unos y otros, para que el mercado laboral de Guinea Ecuatorial, crezca en competitividad, productividad y sea atractivo para empresarios e inversores.
El Gobierno es consciente de que, a día de hoy, para el luchar contra el desempleo, es necesario modificar, suprimir e insertar ciertos aspectos de la normativa del sector laboral, para generar unas relaciones laborales prosperas para trabajadores y empleadores, acompañando a este entorno unas políticas y medidas de estímulos, así como bonificaciones, ventajas y garantías, más allá del ámbito laboral, que faciliten la contratación y la estabilidad empresarial, centrándose de manera especial en el uso de las nuevas tecnologías en el trabajo en los jóvenes, mujeres, personas con discapacidad y mayores de cuarenta y cinco (45) años. De ahí que se ha propuesto la modificación de los siguientes artículos de la Vigente Ley General de Trabajo:
- Artículo 14, Trabajo para Grupo de Empresas.
- Artículo 19, Redacción y Verificación del Contrato de Trabajo.
- Artículo 31, Contrato de Trabajo de Lanzamiento de Nueva Actividad.
- Artículo 48,Derechos del empleador.
- Artículo 49, Obligaciones del Empleador
- Artículo 64, Afiliación Obligatoria y Responsabilidad por Riesgos Profesionales.
- Artículo 81, Permisos.
- Artículo 112, Prima de Antigüedad.
- Artículo 117, Mediación Arbitraje y Conciliación
3.7. Presentación del Proyecto de Reglamento Interno del Consejo Económico y Social
Presentado por el Vice primer Ministro del Gobierno en calidad del presidente de la Comisión de trabajo que se constituyó para el estudio de dicho Proyecto.
El Consejo Económico y Social presentó un reglamento que constaba de Cuarenta y Dos (42) Artículos, de los cuales Seis (6) han sido modificados y Uno (1) ha sido suprimido.
Se trata de los artículos:
– Artículo 8-Emisión de pasaporte diplomáticos a los miembros del Consejo,
– Artículo 28-Comparecencia del Gobierno, Autoridades y funcionarios.
– Artículo 32-Otras fuentes de financiación,
– Artículo 33-Control Presupuestario,
– Artículo 34-Contratación de personal,
– Artículo 36-Excedencia Especial.
– Se elimino el artículo 35 (Cesión de funcionarios).
3.8. Proyecto de Decreto por el que se Declara Utilidad Pública de algunos terrenos rústicos ubicados en la nueva zona identificada para la reubicación de los habitantes del Consejo de Poblado Akoga perteneciente al Distrito Urbano de Kogo.
Presentado por el Departamento de Catastro y Ordenación de Tierras.
La Zona de Reserva Minera Especial de Akoga constituye un importante yacimiento y resulta estratégica para la Diversificación de nuestra economía en línea con el Plan Nacional de Desarrollo Horizonte 2035. En este contexto, con la visión de futuro, se ha planificado la construcción e implementación de la fábrica de cemento de Akoga, un proyecto emblemático que constituye significativamente a la autosuficiencia Nacional en materiales de construcción, reduciendo las importaciones y generando empleo para nuestra población.
El desarrollo de este proyecto ha afectado terrenos rústicos ocupados tradicionalmente por núcleos poblacionales. Por responsabilidad institucional respecto a los derechos de la ciudadanía, el Gobierno ha tomado la decisión de reubicar los habitantes del Consejo de Poblado de Akoga, respetando en todo momento la idiosincrasia de dicho Consejo de Poblado.
Este Proyecto de Decreto consta de Un (1) Preámbulo, Cuatro (4) Artículos, Una (1) Disposición Transitoria, Una (1) Disposición Adicional, Una (1) Disposición Derogatoria y Una (1) Disposición Final.
3.9. Proyecto de Decreto por el que se acuerda la Expropiación Forzosa de algunos terrenos ubicados en la Zona identificada para la reubicación de los habitantes del Consejo de Poblado de Akoga pertenecientes al Distrito de Kogo.
También presentado por el Departamento de Catastro y Ordenación de Tierras.
El terreno estratégico identificado objeto de este Proyecto de Decreto se ubica a quince (15) kilómetros del Consejo de Poblado de Akoga. Zona declarada como Reserva Minera Especial, este terreno tiene una superficie total de 198 Hectáreas de los cuales; 52 servirán para la urbanización del nuevo asentamiento, y 146 para los cultivos y proyecciones futuras.
Este Proyecto de Decreto consta de Un (1) Preámbulo, Siete (7) Artículos, Una (1) Disposición Transitoria, Una (1) Disposición Adicional, Una (1) Disposición Derogatoria y Una (1) Disposición Final.
3.10. Propuesta de Ratificación de Convenios Internacionales:
Presentado por el Ministro de Estado de Asuntos Exteriores y Cooperación juntamente con el Ministro Transportes, Telecomunicaciones y Sistemas de Inteligencia Artificial.
La República de Guinea Ecuatorial es parte de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS/CONVEMAR) y de veinte (20) convenios de la Organización Marítima Internacional (OMI), los cuales constituyen la base normativa internacional en materia de seguridad marítima, protección del medio ambiente y regulación del transporte por mar.
A pesar de los avances, nuestra administración marítima aún presenta carencias para implementar plenamente algunos de los convenios vigentes. En consecuencia, resulta necesario reforzar el marco jurídico mediante la ratificación de nuevos instrumentos internacionales, con el objetivo de consolidar un transporte marítimo seguro, protegido, eficiente y sostenible, en línea con el lema de la OMI: “transporte seguro y eficiente en océanos limpios”.
La adopción de los convenios que se detallan a continuación responde a la necesidad de:
- Fortalecer la seguridad marítima y la responsabilidad internacional.
- Proteger el medio ambiente marino y la salud pública. 3. Modernizar el comercio marítimo internacional. 4. Garantizar condiciones de trabajo dignas para la gente de mar.
- Reforzar la cooperación internacional y regional.
RELACION DE CONVENIOS PROPUESTOS
- Convenio Internacional sobre la Responsabilidad Civil nacida de Daños debidos a la Contaminación por Hidrocarburos para Combustible de Buques.
- Convenio para facilitar el Tráfico Marítimo Internacional.
- Convenio Internacional para el Control y Gestión de Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques.
- Convenio Internacional para la Remoción de Restos de Naufragios en el Mar.
- Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos. 6. Convenio Internacional sobre el Trabajo Marítimo. 7. Convenio Internacional sobre el Control de los Sistemas Anti incrustantes.
En conclusión, La ratificación, adhesión o aceptación de los convenios propuestos constituye una decisión estratégica del Estado orientada a:
- Fortalecer la soberanía marítima y el control efectivo de nuestras aguas.
- Potenciar la competitividad del registro nacional de buques, evitando detenciones en puertos internacionales. • Proteger el medio ambiente marino y los recursos naturales del país.
- Mejorar la imagen internacional de Guinea Ecuatorial como Estado responsable y comprometido.
- Garantizar condiciones de trabajo decentes y seguras para la gente de mar.
3.11. Proyecto de Decreto relativo a la creación, Organización y Funcionamiento del Comité Nacional de Certificación de Origen para los Productos industriales en la República de Guinea Ecuatorial.
Presentado por el Vice primer ministro Encargado de Comercio, Industria y Promoción de Empresas.
Este proyecto de Decreto, se justifica en las políticas de fomento y la promoción de la industrialización y por ende la diversificación económica necesarias en el marco de los intercambios internacionales para que los productos nacionales sean competitivos para ello, la implementación de mecanismos de certificación para velar por el origen y elegibilidad de los Productos Nacionales en los mercados Subregionales, Regionales e Internacionales.
Teniendo en cuenta que las organizaciones como la CEMAC y la CEEAC y la Unión Africana ZLECAF de las que la República de Guinea Ecuatorial forma parte establecen que para que los productos industriales de un Estado se beneficien de la tarifa preferencial en las aduanas, las empresas industriales instalada en los territorios de los mismos deben disponer de la acreditación de origen de sus productos otorgadas por las instituciones concernientes. Razón por la que se propone la creación del comité nacional de certificación de origen para los productos industriales en
la República de Guinea Ecuatorial en anagrama CNCOPI con unas funciones específicas.
Este Proyecto de Decreto consta de Un (1) Preámbulo, Tres (3) Capítulos, Una (1) Disposición Transitoria, Una (1) Disposición Derogatoria y Una (1) Disposición Final.
Y no habiendo mas puntos a tratar en el Orden de Dia, el Consejo de Ministros Dio por aprobado todos los anteproyectos de leyes, informes, proyectos de Reglamentos Internos, Proyectos de Decretos y Propuestas de ratificaciones de convenios presentadas al Alto Órgano del Ejecutivo
Por último en asuntos varios:
En asuntos varios, el Ministro de Electricidad y Energías Renovables, informó al Consejo de Ministros, sobre el apagón producido el pasado sábado 23 de agosto 2025, que afectó generalmente a toda la Región Continental y las zonas Transfronterizas.
En su relación, S.E. el Presidente de la República, se interesó sobre el estado de las infraestructuras Técnicas y los planes del Departamento susceptible de evitar repeticiones de este tipo de incidentes
En relación al Desplazamiento del Gobierno a Bata, S.E. el Presidente del Consejo de Ministros reiteró la necesidad de reforzar las actividades de cada departamento, para que se lleve a cabo las acciones consecuentes en esta Parte Continental; por lo mismo instruyó al Primer Ministro, el interés de que el Gobierno se desplace también a la ciudad de Djibloho en el siguiente periodo de su estancia en la Parte Continental.
Su Excelencia el Presidente de la Republica llamó la atención de los Miembros del Gobierno sobre sus desplazamientos en el exterior del País por razones varias, al respecto, y por el prestigio del País, llamó a la prudencia, reconociendo el contexto de las relaciones Diplomáticas que el Gobierno mantiene con cada país de destino de los miembros del Gobierno, en este sentido, apeló a la solidaridad del equipo gubernamental.
En otra parte de sus orientaciones, S.E. el Presidente de la República deploró la desviación de los recursos del Estado, en estos momentos de fuerte recesión económica que ciertos agentes públicos siguen practicando en el seno de la Administración.
Recomendó el reforzamiento de las fuentes de recaudación del Gobierno que alimentan el Presupuesto General del Estado y que garantizan el funcionamiento de los servicios de la administración y la ejecución de los Proyectos de Desarrollo del País.
Encomendó a los miembros del Gobierno a llevar una gestión austera de los gastos y seguir luchando contra la corrupción
Y no habiendo más asuntos que tratar y siendo las 14 :50 h; S.E. el Presidente de la República, Jefe de Estado, Presidente Fundador del PDGE y Presidente del Consejo de Ministros, clausuró el Consejo de Ministros con vítores a la República de Guinea Ecuatorial.
MUCHAS GRACIAS.
POR UNA GUINEA MEJOR
POR EL GOBIERNO
El Ministro de Estado de Información, Prensa y Cultura.
PORTAVOZ DEL GOBIERNO